viernes, 24 de mayo de 2013

CATOLICOS CASADO Y LUEGO DIVORCIADOS NO PUEDEN CASARSE.

Las parejas se casan con la idea de que será para siempre, pero muchas veces surgen situaciones que jamás pensaron pudiera pasar, deteriorando su relación y haciendo imposible seguir juntos. ¿Te agobia aún su recuerdo? ¿Crees que es lo mejor que has podido hacer? Comparte.. Bien sabemos que el matrimonio católico es indisoluble. El canon 1141 del Código de Derecho Canónico, expresamente dice que “el matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte”. El nº 1640 del Catecismo de la Iglesia Católica, dice lo mismo: “Por tanto, el vínculo matrimonial es establecido por Dios mismo, de modo que el matrimonio celebrado y consumado entre bautizados no puede ser disuelto jamás. Este vínculo que resulta del acto humano libre de los esposos y de la consumación del matrimonio es una realidad ya irrevocable y da origen a una alianza garantizada por la fidelidad de Dios. La Iglesia no tiene poder para pronunciarse contra esta disposición de la sabiduría divina”. También sabemos que en la Iglesia Católica no existe el divorcio, Son varios los fieles católicos casados por la Iglesia, que se han divorciado por lo civil y se han vuelto a casar por lo civil. Esta situación de “católicos divorciados y vueltos a casar” es bastante numerosa y es un problema que preocupa inmensamente a la jerarquía eclesiástica, la cual siempre ha demostrado su desvelo por estos fieles, a través de su ingente pastoral dirigida a ellos. El problema radica en que los fieles casados por la Iglesia, que se han divorciado por lo civil y han vuelto a casarse por lo civil, aún permaneciendo su vínculo matrimonial canónico, NO pueden comulgar, es decir, no pueden recibir la Eucaristía. Esta prohibición afecta profundamente a los fieles que se encuentran en esta difícil situación, especialmente cuando se trata de católicos que se declaran practicantes y creyentes. También es cierto que hay muchos católicos bautizados que están dentro de este mismo supuesto, pero a quienes no les importa para nada no poder comulgar, ya que se declaran no practicantes ni creyentes ni tampoco se consideran vinculados a la Iglesia católica, a pesar de estar bautizados en ella. Entonces, tenemos que se origina la prohibición de comulgar cuando existen dos vínculos matrimoniales vigentes (bigamia); o sea, cuando el fiel está casado por lo civil, manteniendo todavía un matrimonio canónico vigente. También cuando estando casado por lo católico y divorciado, vive en unión libre o en unión de hecho permanente, ya que estas dos situaciones son consideradas en la Iglesia como adulterio. La Santa Sede afirma la continua teología y disciplina de la Iglesia Católica, sobre los fieles que se han divorciado y vuelto a casar sin un Decreto de Nulidad para el primer matrimonio (sin importar si fue realizado dentro o fuera de la Iglesia), quienes no pueden recibir los sacramentos de la penitencia y de la Eucaristía, hasta que se resuelva la irregularidad matrimonial por el Tribunal Eclesiástico de los Procesos Matrimoniales. Sin embargo, afirma la Sede Apostólica, “estos hombres y estas mujeres deben saber que la Iglesia los ama, no está alejada de ellos y sufre por su situación. Los divorciados vueltos a casar son y siguen siendo miembros suyos, porque han recibido el bautismo y conservan la fe cristiana”. Pero la Iglesia Católica, al mismo tiempo, no puede quedar indiferente frente el aumento de esas situaciones, ni debe rendirse ante una costumbre, fruto de una mentalidad que devalúa el matrimonio como compromiso único e indisoluble, así como no puede aprobar todo lo que atenta contra la naturaleza propia del matrimonio mismo. El Papa Juan Pablo II, recientemente beatificado, tenía una gran preocupación por estos fieles católicos; y así lo escribió en el documento de la Reconciliación y de la Eucaristía, donde expresa que la Iglesia desea que estas parejas participen de la vida de la Iglesia hasta donde les sea posible. Hay quienes consideran que la Iglesia no debería sancionar con la pena canónica más severa, esto es la excluir de la comunión eucarística, a aquellos fieles que están casados por lo civil, y menos aún cuando hay diferencia entre aquellos que sinceramente se han esforzado por salvar el primer matrimonio y han sido abandonados del todo injustamente, o los que han contraído una segunda boda para asegurar la educación de los hijos, estando seguros en conciencia de que el precedente matrimonio, irreparablemente destruido, no había sido nunca válido. También se cuestionan que si el sacramento de la confesión TODO lo perdona, ¿por qué el segundo matrimonio civil de los fieles divorciados es el ÚNICO caso en el que la reconciliación sacramental no es posible? ¿Por qué se interpreta como única prueba de arrepentimiento y de conversión el abandono del segundo vínculo? Esto causa un sufrimiento enorme en aquellos a quienes precisamente su segunda unión les ha implicado un renacer en su fe por el amor, porque precisamente su primera unión era dramática.. ¿Si los divorciados vueltos a casar no están excomulgados, por qué se les niegan los sacramentos de la penitencia y de la Eucaristía, cuando precisamente es la misma Iglesia la que reconoce a estos sacramentos como la fuente de alimento y gracia para aquellos que, se supone, más lo necesitan? Por una parte, con insistencia pastoral se les invita a participar en la Iglesia y, por otra, se les excluye del centro y esencia de la fe que es la Eucaristía y la Reconciliación. Es cierto que la Iglesia insiste en que en el primer matrimonio que se contrajo por el rito católico podría haber una nulidad matrimonial y, por lo tanto, podría acudirse a los Tribunales Eclesiásticos solicitando un proceso de nulidad matrimonial. Esta nulidad podría ser declarada si existen causales para ello y, por lo mismo, ese primer vínculo matrimonial canónico dejaría de existir y se podría contraer un nuevo matrimonio canónico.

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